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Concurso de acreedores
QUICK RENT SOCIEDAD LIMITADA
CIF B83646885Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 17/10/2013 → 31/03/2023
- Procedimiento
- 390/2013 · 288/2013
- Juzgado
- Mercantil - 1
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso31/03/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 390/2013Juez : MARCOS BERMUDEZ AVILAAuto 29/03/2023
CONCLUSIÓN CONCURSO DE LA MERCANTIL QUICK RENT, SL. Ver Anexo adjunto
- Otro acto concursal17/10/2013⚖️ BILBAOProc. 288/2013Auto 03/04/2013
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia Primero.- Que en el procedimiento número 288/2013, NIG número 48.04.2-13/008021, por auto de 3 de abril de 2013 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Quick Rent, S.L., con NIF B83646885, con domicilio en Barrio Murtazar, número 5 1, 48390 Bedia y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Bedia. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. Tercero.- Que la Administración Concursal está integrada por: Don Asier Etxeita Escobal. DNI: 45.622.303D. Profesión: Economista. Dirección electrónica: [email protected] Cuarto.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Sexto.- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es Bilbao, 10 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.