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Concurso de acreedores

QUEERPON ESPAÑA SL EN LIQUIDACION

CIF B65455172Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
205/10/201304/10/2023
Procedimiento
667/2012
Juzgado
Mercantil - 2

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso04/10/2023
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 667/2012Juez : D.ANDRES SANCHEZ MAGROAuto 29/09/2023

    CONCLUSION FIN LIQUIDACION

  2. Otro acto concursal05/10/2013
    ⚖️ MADRIDProc. 667/2012Auto 24/09/2013

    El Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la LC, anuncia: 1.º Que en el procedimiento n.º 667/2012, por auto de fecha 18/09/13, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Queerpon España, S.L., con CIF n.º B-65455172 con domicilio en c/ Almirante, 20-5.ºD- Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la presente publicación. Lugar para tal comunicación: -Por presentación o remisión a la dirección: "Administración Concursal del concurso de Queerpon España, S.L., Administrador concursal doña Paula Albarán González, con domicilio en c/ del Tejar, 4-1.º-2 Majadahonda (Madrid). Tno.: 91.6362393. Fax: 912178296. -También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. Dirección de correo electrónico: [email protected] Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC), en escrito dirigido al Juzgado. Madrid, 24 de septiembre de 2013.- Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.