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Concurso de acreedores
QUEENS BAKERY SOCIEDAD LIMITADA
CIF B99429318Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 13/09/2016 → 10/02/2018
- Procedimiento
- 149/2016
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso10/02/2018⚖️ ZARAGOZAProc. 149/2016Auto 24/01/2018
EDICTO Doña Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, Hago saber: Primero. Que en el procedimiento concursal abreviado número CNA 149/2016-F se ha dictado en fecha 24-1-2018 Auto de conclusión por insuficiencia de masa activa del concurso del deudor QUEENS BAKERY, S.L., con CIF B-99429318. Segundo. En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil. Tercero. Contra el Auto de conclusión no cabe recurso. Zaragoza, 24 de enero de 2018.- Letrada Administración de Justicia.
- Declaración de concurso13/09/2016⚖️ ZARAGOZAProc. 149/2016Auto 31/05/2016
E D I C T O Doña Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber: 1.º- Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Voluntario Abreviado n.º 149/2016-F, y número de Identificación General del procedimiento (N.I.G.) 50297 47 1 2016 0000634, en el cual se ha dictado en fecha de 31 de mayo de 2016, Auto de declaración de concurso voluntario y simultánea apertura de la fase de liquidación de la sociedad mercantil denominada "QUEENS BAKERY, SOCIEDAD LIMITADA", con C.I.F. número B99429318 y domicilio social en Zaragoza, Barrio de La Cartuja, Polígono Empresarium, Calle Salvia, número 1, nave B10. 2.º- Se ha acordado también en dicho auto abrir la fase de liquidación y declarar disuelta la citada sociedad mercantil "QUEENS BAKERY, SOCIEDAD LIMITADA", y la suspensión de las facultades de administración y disposición de la misma sobre su patrimonio, cesando en su función sus administradores sociales, siendo sustituidos por la Administración Concursal designada. 3.º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la Administración Concursal designada, integrada por la sociedad "LEXAUDIT CONCURSAL, S.L.P.", con CIF B6569774, representada por el economista don José Maymi Colominas, con CIF 38.800.419-V; con dirección postal a efectos de notificaciones y comunicación de créditos: P.º Constitución n.º 13, 8.º - C, 50011-Zaragoza; Teléfono: 902103449/933018497; y correo electrónico: [email protected] Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal de la Administración Concursal indicada, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica. No se admitirán comunicaciones de créditos en el Juzgado. 4.º- La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. 5.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art.º 184.3 Ley Concursal). Zaragoza, 28 de julio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.