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Concurso de acreedores

QUANTUM POLIMERS SL

CIF B65733115Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
2 — 17/11/2014 → 25/01/2017
Procedimiento
737/2014
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Barcelona · Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal25/01/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de BarcelonaProc. 737/2014Auto 02/06/2016

    Don Jesús Santiago Ortego Briongos, el Letrado de la Administración de la Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Barcelona, Hago saber: Que en el Concurso ordinario 737/2014-A se ha dictado un auto de archivo y aprobación de la rendición de cuentas de fecha 01/06/2016 por el que se ha declarado concluso el concurso de Quantum Polimers, S.L., con CIF B65733115, con domicilio en Carretera Reial, 137-139, Sant Just Desvern. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado la extinción de la sociedad y el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento. Barcelona, 2 de junio de 2016.- El Letrado de la Administración de la Justicia.

  2. Declaración de concurso17/11/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de BarcelonaProc. 737/2014Auto 24/10/2014

    Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de Barcelona, dicto el presente Edicto al objeto de dar publicidad al Auto de Declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto.- Concurso 737/2014 A NIG.- 08019 – 47 – 1 – 2014 – 8002787 Fecha del auto de declaración.- 20/10/2014 Clase de concurso: Voluntario/Ordinario Entidad concursada.- Quantum Polimers, S.L. con domicilio en Sant Just Desvern (Barcelona), C/Carretera Reial 137-139, con CIF n.º B-65733115, Administradores concursales.- Bmr Advocats i Economistes SLP., designando como persona natural para su ejercicio a D. Jordi Romero Climent. Dirección Postal.- C/París, 161, Entlo 2.ª, 08036 Barcelona Dirección Electrónica.- [email protected] Régimen de las facultades del concursado: Intervenidas Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la administración concursal, a través, de la dirección postal o electrónica antes señaladas y en la forma establecida en el artículo 85 de la Ley Concursal, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación en el B.O.E. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles. Barcelona, 24 de octubre de 2014.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.