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Concurso de acreedores
QUALITAS TRAINING SL EN LIQUIDACION
CIF B83492710Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 08/10/2009 → 23/11/2020
- Procedimiento
- 445/2009
- Juzgado
- MERCANTIL - 3
Cronología del expediente
- Otro acto concursal23/11/2020⚖️ MADRIDProc. 445/2009Auto 17/11/2020
EDICTO Don Emilio José Zornoza Arana, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil nº 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento Concurso Abreviado 445/2009 de la concursada QUALITAS TRAINING, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con NIF B83492710 por auto de fecha 17 de noviembre de 2020 se ha acordado la conclusión y archivo del mismo por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3. 2º.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3º.- Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el artículo 178.3, declarar su extinción. Madrid, 18 de noviembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Don Emilio J. Zornoza Arana.
- Conclusión del concurso19/11/2020⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 445/2009Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 17/11/2020
AUTO CONCLUSION CONCURSO
- Otro acto concursal08/10/2009⚖️ MADRIDAuto 28/09/2009
El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 445/09, por Auto de fecha 28 de septiembre de 2009, se ha declarado en concurso al deudor Qualitas Training, Sociedad de Responsabilidad Limitada con Código de Identificación Fiscal B-83492710, con domicilio en la calle Rioja s/n Centro de Empresas C.T. Coslada 28, Madrid. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero someitdas éstas a la intervención de la Administración Concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de 1 mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Madrid, 28 de septiembre de 2009.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.