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Concurso de acreedores

PVER INTEGRAL SL

CIF B84264829Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
3 — 10/12/2010 → 17/03/2018
Procedimiento
576/2008

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal17/03/2018
    ⚖️ MADRIDProc. 576/2008Auto 09/01/2018

    Doña María Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n° 07 de Madrid. En el procedimiento concursal que con el número 576/2008 referido a la mercantil Pver Integral,S.L. con n° de CIF B84264829 se ha dictado auto de fecha 02.11.2017 por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación. La misma resolución, que es fírme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 L.C.), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento. El cese en su cargo del administrador concursal Juan Ronda Santana aprobándose las cuentas formuladas. Madrid, 9 de enero de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Apertura de liquidación09/06/2012
    ⚖️ MADRIDAuto 22/05/2012

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Madrid número 7, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 576/08 referente al concursado Prever Integral, S.L., CIF B84264829, con fecha 22/05/12 se ha dictado Auto acordando lo siguiente: 1.- Abrir la Fase de Liquidación del concurso a petición del deudor. 1.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 2.- Se declara disuelta la mercantil Prever Integral, S.L., cesando en sus funciones sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal. 3.- Se abre la sección sexta de calificación Dentro de los diez días siguientes a la última publicación que conforme a lo establecido en la LCo se hubiere dado a la apertura de la liquidación, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la Sección Sexta de Calificación, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. 4.- Dentro de los ocho días siguientes a la notificación de esta resolución la Administración Concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrantes de la masa activa conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LCo. Madrid, 22 de mayo de 2012.- La Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal10/12/2010
    ⚖️ MADRIDAuto 30/09/2010

    Edicto. Dª Carmen Fresneda Garcia, secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal ( LC), anuncia: 1ª.- Que en el procedimiento número 576/08, por auto de fecha 30/07/10, se ha declarado en concurso voluntario de acreedores a la mercantil Pver Integral, S.L., CIF B84264829, en liquidación, con domicilio en el mismo centro donde tiene su principal centro de intereses, que lo tiene en calle Real, 70 San Sebastián de los Reyes. 2º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C. El plazo para esta comunicación es el de quince dias a contar de la publicación de este anuncio en el BOE. 4º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado ( artículo 184.3 LC). Madrid, 30 de septiembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.