InicioJusticiaPROYECTOS RETAIL S.L. EN LIQUIDACION

Concurso de acreedores

PROYECTOS RETAIL S.L. EN LIQUIDACION

CIF B06644512Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
412/06/201830/06/2026
Procedimiento
242/2018
Juzgado
SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE BADAJOZ N.º 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BADAJOZ · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso30/06/2026
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE BADAJOZ N.º 1Proc. 242/2018Juez : ZAIRA GONZALEZ AMADOAuto 26/06/2026

    LA QUE FIGURA EN EL EDICTO ADJUNTO

  2. Otro acto concursal22/09/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BADAJOZProc. 242/2018Juez : JAIME MOURENZA ARRIOLAAuto 15/10/2025

    DIOR PRESENTADO ACUERDA COMUNICAR Y ANUNCIAR ART.294 TRLC

  3. Otro acto concursal22/09/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BADAJOZProc. 242/2018Juez : MANUEL GONZALEZ VOCESAuto 15/10/2025

    por auto de fecha se ha decretado la conclusión y archivo del concurso VAQUEMA SL por término de la liquidación conforme al artículo 152.2 de la ley concursal.

  4. Declaración de concurso12/06/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BadajozProc. 242/2018Auto 06/06/2018

    Doña Lucia Peces Gómez, Letrada de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, Hago saber: 1.º- Que en los autos seguidos en este órgano judicial en la S1C Sección I DECLARACION CONCURSO 242/2018 se ha dictado en fecha 6/Junio/2018 Auto de Declaración de Concurso Ordinario voluntario del deudor PROYECTOS RETAIL, S.L. con CIF B06644512, cuyo centro de intereses principales lo tiene en domicilio en Llerena (Badajoz), Camino de Maguillas, s/n, 2.º- Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición que ejercía el deudor. Se ha designado, como Administración concursal El Economista don Aurelio Jaraiz Maldonado, con DNI 06969201V, representante de AFECO ABOGADOS Y ECONOMISTAS SLP, con CIF B10398758, con domicilio profesional en Avda. Fernando Calzadilla, 9-entreplanta-06004- Badajoz y dirección de correo electrónico [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de créditos dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deberán dirigirse directamente a la Administración Concursal. En caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito dirigido para tal fin 3.º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC). 5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es. Badajoz, 6 de junio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, Lucia Peces Gómez.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.