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Concurso de acreedores

PROYECTOS PARA VIVIR SL

CIF B91412239Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
220/10/201216/04/2013
Procedimiento
803/2012

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso16/04/2013
    ⚖️ SEVILLAProc. 803/2012Auto 01/04/2013

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número uno de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.3 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 803/2012, con NIG 4109142M20120001969 por auto de 06/03/13 se ha declarado voluntario del deudor Proyectos para Vivir, S.L., con CIF B-91412239, la conclusión del concurso 2.º Dicha resolución es firme. Sevilla, 1 de abril de 2013.- Secretaria judicial.

  2. Otro acto concursal20/10/2012
    ⚖️ SEVILLAAuto 05/10/2012

    El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 803/12-8, por auto de 1/10/12, se ha declarado en concurso voluntario abreviado general al deudor "Proyectos para Vivir, S.L.", con CIF n.º B-91412239, y domicilio en Sevilla, avd. República Argentina, n.º 35-A, 4.º A. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intevención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC, directamente ante la Administradora concursal doña África Gotor Sanjaume, Abogada, con despacho profesional en avd. Manuel Siurot, n.º 3, bloque 3, bajo, de Sevilla. Tfno: 954296617; fax: 943296726; correo electrónico: [email protected]. En ningún caso tendrán valor las comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 5 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.