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Concurso de acreedores

PROYECTOS DISEÑOS Y PROGRAMACION SA

CIF A41902123Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
1 — 06/08/2013 → 06/08/2013
Procedimiento
230/2013
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Cádiz

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal06/08/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de CádizProc. 230/2013Auto 13/06/2013

    D.ª Pilar Blazquez Cuadrado, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 230/2013, Número General del Procedimiento: 1101242M20130000179, por auto de fecha 13 de junio de 2013, se ha declarado el Concurso Voluntario Ordinario de la entidad mercantil deudora Proyectos Diseños y Programación, S.A., con CIF n.º A-41902123 y domicilio social en Sevilla, Avenida Averroes n.º 8, 1.ª planta, módulo 119-120, 41004 Sevilla, y centro de sus intereses principales en la provincia de Cádiz, en nave industrial sita en la parcela n.º 32, en la Manzana M3 del Parque Industrial Bahía de Cádiz, 13, 11500 El Puerto de Santa María. 2.º Que se ha acordado la conservación por el deudor de las facultades de administración y disposición sobre los bienes, derechos y obligaciones de su patrimonio que hayan de integrarse en el concurso quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal mediante su autorización o conformidad. 3.º Que los acreedores de los concursados deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC, dirigiendo la comunicación al Administrador Concursal D. Florencio Sousa Vázquez, con domicilio en la calle Sagasta n.º 17, 3.º A, 11001 Cádiz, y dirección de correo electrónico [email protected], a su elección. El plazo para esta comunicación es un mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Cadiz, 29 de julio de 2013.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.