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Concurso de acreedores
PROVAL CONSTRUCCIONES E INVERSIONES 2012 SL
CIF B12374781Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 13/04/2016 → 18/11/2024
- Procedimiento
- 432/2012 · 11/2015
- Juzgado
- Mercantil - 1
Cronología del expediente
- Otro acto concursal18/11/2024⚖️ Mercantil - 1Proc. 432/2012Juez : BEATRIZ SARRIÓN MARTÍAuto 01/12/2020
Declarar culpable el concurso de CONSTRUCCIONES MIGUEL PONS ORTELLS, S.L. Imponer a D. LÁZARO TRIGUEROS DOMÍNGUEZ la inhabilitación para administrar bienes ajenos y para representar o administrar a cualquier otra persona por tiempo de 4 años.
- Conclusión del concurso16/01/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 432/2012Juez : MARIA DE LAS MERCEDES CHECA MOYAAuto 10/01/2023
Se declara la CONCLUSIÓN del presente concurso de CONSTRUCCIONES MIGUEL PONS ORTELLS SL así como el archivo de las actuaciones, con todos los efectos que son su legal y necesaria consecuencia.
- Otro acto concursal13/04/2016⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAProc. 11/2015Auto 20/11/2015
Edicto D.ª Nieves Pérez Ibáñez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero: Que por auto de fecha 09/11/2015, dictado en el procedimiento de Concurso abreviado, n.º 000432/2012, N.I.G n.º 12040-66-2-2012-0000512, seguido en este Juzgado, se ha declarado en concurso necesario y abreviado al deudor "Construcciones Miguel Pons Ortells, S.L.", domiciliado en calle La Viña, 2, bajo, Benicassim, y C.I.F/D.N.I número B12374781. Segundo: Que se ha determinado el régimen de Suspensión de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado. Tercero: Que se ha designado como Administrador/es Concursal/es a D. Miguel Ángel Manzano Rodríguez, con domicilio en C/ En medio, 22, n.º 2F, CP 12001 (Castellón), y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC. Cuarto: que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas. Castellón, 20 de noviembre de 2015.- La Secretaria judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.