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Concurso de acreedores
PROSANTACRUZ SL EN LIQUIDACION
CIF B73279457Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 7 — 19/02/2018 → 22/12/2022
- Procedimiento
- 2/2018
- Juzgado
- Mercantil - 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso22/12/2022⚖️ Mercantil - 1Proc. 2/2018Juez : MARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIAAuto 07/12/2022
CONCLUSION DEL CONCURSO
- Conclusión del concurso22/12/2022⚖️ Mercantil - 1Proc. 2/2018Juez : MARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIAAuto 07/12/2022
CONCLUSION DE CONCURSO
- Conclusión del concurso21/12/2022⚖️ Mercantil - 1Proc. 2/2018Juez : MARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIAAuto 07/12/2022
CONCLUSION CONCURSO
- Conclusión del concurso15/12/2022⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 2/2018Juez : MARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIAAuto 07/12/2022
CONCLUSION
- Conclusión del concurso13/12/2022⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 2/2018Juez : MARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIAAuto 07/12/2022
CONCLUSION
- Otro acto concursal08/09/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 2/2018Juez : AMAGOIA SERRANO BARRIENTOSAuto 19/10/2018
SE DECLARA CONCLUSO CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA PARA LA SATISFACCION DE LOS CREDITOS CONTRA LA MASA Y SE ACUERDA ARCHVO
- Declaración de concurso19/02/2018⚖️ MURCIAProc. 2/2018Auto 15/02/2018
Edicto. D.ª Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia de Juzgado Mercantil n.º 1 de Murcia, Por el presente, hago saber: 1.º Que en Sección I de declaración de concursal 2/2018 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha Auto de declaración de concurso Voluntario de Prosantacruz, S.L., con CIF B-73279457, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Vereda de la Barca n.º 60, Santa Cruz, 30162 Murcia. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición del deudor. 3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. 4.º La identidad de la Administración concursal es la siguiente: CB Concursal, S.L., con CIF B-30537633, con domicilio C/ Huerto Cadenas, 3, 5.º B, 30009 Murcia, teléfono 968282070, y dirección electrónica [email protected], habiéndose designado como persona física de conformidad con el art. 30 de la LC al Letrado Antonio José Veas Arteseros, con DNI 23230883D. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC). Murcia, 15 de febrero de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.