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Concurso de acreedores
PRONOVA URBANA SL
CIF B97443337Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 20/02/2013 → 24/12/2016
- Procedimiento
- 1653/2012
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso24/12/2016⚖️ VALENCIAAuto 02/12/2016
Doña Cristina María Valero Doménech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan Autos de concurso de acreedores núm. 1653/12 habiéndose dictado en fecha 2 de diciembre de 2016 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia Auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: 1.- Se declara la conclusión del concurso abreviado voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 1653/12, promovido por la Procuradora Sra. Mazón Esteve, María José, en nombre y representación de la mercantil Pronova Urbana, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite. 2.-Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. 3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concusal doña María Ángeles Gil Chulvi, con DNI n.º 18.907.054-L, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. 4.- Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Pronova Urbana, S.L., con CIF B-97443337, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme. 5.- Se aprueba la cuenta rendida por la Administración Concursal en su informe de fecha 13 de septiembre de 2016. Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 Ley Concursal). Valencia, 2 de diciembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso20/02/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 1653/2012Auto 06/02/2013
Doña Pilar Lluna Gasco, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 1653/2012, habiéndose dictado en fecha 6 de febrero de 2013 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso Voluntario de acreedores de Pronova Urbana, S.L., con CIF. B-97443337, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a doña María Ángeles Gil Chulvi, con domicilio profesional en calle Marqués de Lozoya, n.º 3, A-bajo, Valencia 46013, teléfono 964255456, y correo electrónico [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 LC. Valencia, 6 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.