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Concurso de acreedores

PROMOTORA SUYCA SA

CIF A78691854Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
221/12/201023/04/2012
Procedimiento
583/2010
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Convenio de acreedores23/04/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MadridProc. 583/2010Auto 27/03/2012

    EDICTO. Doña Cristina Pousa Blasco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal ( LC), anuncia: Que en el procedimiento concursal n.º 583/2010 referente a la concursada Promotora Suyca, S.A., con C.I.F: A-78691854 por auto de fecha 27 de marzo de 2012 se ha acordado lo siguiente: 1. Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de fecha 7 de noviembre de 2012. Consecuentemente queda sin efecto el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 13 de abril de 2012. 2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3. El presente anuncioi se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita, al amparo del RDL 3/09, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal. Madrid, 2 de abril de 2012.- Secretaria Judicial.

  2. Otro acto concursal21/12/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MadridProc. 583/2010Auto 18/11/2010

    Edicto. Doña Inmaculada Rejas de Francisco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.- Que en el concurso voluntario abreviado n.º 583/2010, por auto de fecha 18 de noviembre de 2010, se ha declarado en concurso al deudor Promotora Suyca, S.A., con domicilio en la C/ Fereluz, n.º 25 de Madrid y con C.I.F: A-78691854 y cuyo centro de sus principales intereses lo tiene en Madrid. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio,pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita. 4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 25 de noviembre de 2010.- Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.