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Concurso de acreedores
Promotora Grausco, S.L
CIF B62027701Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 21/07/2012 → 21/07/2012
- Procedimiento
- 844/2011
Cronología del expediente
- Declaración de concurso21/07/2012⚖️ BARCELONAProc. 844/2011Auto 10/04/2012
Doña Natalia Ramos Laín, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 844/2011, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto: Concurso volutario 844/2011, sección C4. Entidad concursada: Promotora Grausco, S.L., con CIF n.º B62027701. Tipo de concurso: Voluntario. Fecha del auto de declaración: 20/02/2012. Administrador/es concursales: Don Francisco Javier Barrado Conti (Auditor), como administrador concursal único, con correo electrónico [email protected] Facultades del concursada: Intervenidas. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 10 de abril de 2012.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.