InicioJusticiaPROMOSANTANA SL

Concurso de acreedores

PROMOSANTANA SL

CIF B21387246Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
431/01/201705/10/2021
Procedimiento
289/2016
Juzgado
PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal05/10/2021
    ⚖️ PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4Proc. 289/2016Juez : JOSEFINA OÑA MARTINAuto 14/04/2021

    RENDICION DE CUENTAS

  2. Otro acto concursal05/10/2021
    ⚖️ PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4Proc. 289/2016Juez : JOSEFINA OÑA MARTINAuto 14/04/2021

    INFORME FINAL DE LIQUIDACIÓN JUNTO CON ESCRTIO DE RENDICIÓN DE CUENTAS.

  3. Otro acto concursal04/04/2019
    ⚖️ PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4Proc. 289/2016Juez : MIRIAM ANDRES VILLAOSLADAAuto 03/09/2018

    APROBACION PLAN LIQUIDACION

  4. Otro acto concursal31/01/2017
    ⚖️ HUELVAProc. 289/2016Auto 26/09/2016

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Huelva, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia 1.- Que en el procedimiento número 289/2016 con NIG 2104142M20160000219 por auto de 20/9/16 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Promosantana S.L. con CIF B-21387246 con domicilio en c/ San Juan de Dios, 16, Lepe, Huelva, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Huelva. 2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC a estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. José Miguel Llinares Tarriño, DNI 29799462H, vecino de Huelva con domicilio en c/ Puerto, 16 6º, profesión abogado, dirección de correo electrónico, [email protected]. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos. 4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Huelva, 26 de septiembre de 2016.-

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.