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Concurso de acreedores
PROMOCIONES MAJELSA SA
CIF A92148733Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 8 — 24/03/2009 → 03/02/2021
- Procedimiento
- 30/2009
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SEVILLA · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla · TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 1ª - 1
Cronología del expediente
- Otro acto concursal03/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SEVILLA Proc. 30/2009Juez : Jessica Julián IbàñezAuto 28/12/2020
Declaración concurso consecutivo sin masa
- Otro acto concursal03/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SEVILLA Proc. 30/2009Juez : RAQUEL FERNÁNDEZ REYAuto 28/12/2020
declaro a la deudora Rosa María López Vilar en situación de concurso consecutivo voluntario de acreedores a tramitar por los cauces del procedimiento abreviado
- Otro acto concursal03/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SEVILLA Proc. 30/2009Auto 28/12/2020
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso14/01/2021⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de SevillaProc. 30/2009Auto 28/12/2020
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35.1 del texto refundido de la Ley Concursal, Anuncia: Que en este juzgado se sigue concurso nº 30/2009-5, con NIG 4109142M20090000033, en el que por auto de fecha 28 de diciembre de 2020, se ha declarado la conclusión del concurso de la entidad Promociones Majelsa SA, con C.I.F. A-92148733 y domicilio en Alcalá de Guadaíra, (Sevilla), Polígono Industrial Los Palillos, manzana F, calle 7, Nave 8-A. Se declara la extinción de la sociedad concursada y el cese del administrador concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo. Sevilla, 11 de enero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Juana Gálvez Muñoz.
- Conclusión del concurso11/01/2021⚖️ TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 1ª - 1Proc. 30/2009Juez : FRANCISCO JAVIER CARRETERO ESPINOSA DE LOS MONTEROSAuto 28/01/2021
que por auto de fecha 28 de diciembre de 2020, se ha declarado la conclusión del concurso de la entidad Promociones Majelsa SA, con C.I.F. A-92148733
- Otro acto concursal23/11/2020⚖️ TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 1ª - 1Proc. 30/2009Juez : FRANCISCO JAVIER CARRETERO ESPINOSA DE LOS MONTEROSAuto 23/11/2020
Se ha presentado escrito en petición de conclusión y rendición de cuentas para su traslado por 15 días a los interesados.
- Conclusión del concurso10/08/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SEVILLA Proc. 30/2009Juez : MANUELA ARMENTEROS LOJOAuto 28/12/2020
Edicto publicación informe provisional administración concursal procedimiento 22.02/2020
- Otro acto concursal24/03/2009⚖️ SEVILLA.Proc. 30/2009Auto 02/03/2009
EDICTO El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º-Que en el procedimiento número 30/2009, por auto de 2 de Marzo de 2009 se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Promociones Majelsa, S.A., con C.I.F.A-92148733 y domicilio en Alcalá de Guadaira (Sevilla), Polígono Industrial Los Palillos, manzana F, calle 7, Nave 8-A, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Sevilla. 2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en un diario de los de mayor difusión en la provincia de Sevilla. 4º.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 2 de marzo de 2009.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.