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Concurso de acreedores

PROMOCIONES COPRICAN SL

CIF B35757079Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
511/12/201403/12/2020
Procedimiento
407/2014 · 733/9283
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal03/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 407/2014Juez : JUAN FRANCISCO SANTANA MIRALLESAuto 18/11/2020

    APRUEBO el Plan de Liquidación propuesto por la administración concursal, al cual deberán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa.

  2. Otro acto concursal03/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 407/2014Juez : FRANCISCO DE PAULA PUIG BLANESAuto 18/11/2020

    Declaración de concurso consecutivo

  3. Conclusión del concurso03/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 407/2014Auto 18/11/2020

    Auto de conclusión de concurso

  4. Conclusión del concurso24/11/2020
    ⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAAuto 18/11/2020

    Doña ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1, de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente, Hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000407/2014, se ha dictado en fecha 18 de noviembre de 2020 auto declarando la conclusión del concurso de la mercantil PROMOCIONES COPRICAN, S.L., con CIF B35757079, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de PROMOCIONES COPRICAN, S.L., por finalización de la liquidación, con los siguientes efectos: 1.-Cesarán las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado y cesará la Administración concursal. 2.-Se acuerda el archivo de las actuaciones, sin más excepciones que las establecidas en esta ley. 3.-Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. La concursada figura inscrita al Tomo 1.651, Folio 91, Hoja GC-30.317. Las Palmas de Gran Canaria, 19 de noviembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.

  5. Declaración de concurso11/12/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 733/9283Auto 14/11/2014

    Edicto Doña Águeda Reyes Almeida, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000407/2014, seguido a instancias de la Procurada D.ª Julia Costa Mínguez, en nombre y representación de Promociones Coprican, S.L., se ha dictado Auto el día 14 de noviembre de 2014, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de Promociones Coprican, S.L.,. con CIF, nº B35757079, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Se designan como Administradores del concurso a: Don Antonio Arenas Rodrigañez, como abogado, el cual ha designado como domicilio calle San Agustin, nº. 13, piso 3º oficina 5; teléfono 610 776 733/928310274, fax 928310886, correo eléctronico [email protected] En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; la intervención. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.). Don Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez. Doña Águeda Reyes Almeida, Secretaria Judicial. - Firmados y rubricados. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 26 de noviembre de 2014.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.