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Concurso de acreedores

PROMAKI PRODUCTOS SL

CIF B53313151Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
920/02/202005/02/2024
Procedimiento
690/2019
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE · Mercantil - 3 · Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal05/02/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 690/2019Auto 08/01/2024

    Cese de Administrador concursal

  2. Otro acto concursal05/02/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 690/2019Juez : AMAGOIA SERRANO BARRIENTOSAuto 08/01/2024

    EDICTO PUBLICACION PRESENTACION INFORME 14/2/2022

  3. Conclusión del concurso05/02/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 690/2019Juez : ELISA GUASP GÓMEZAuto 08/01/2024

    Se DECLARA EL CONCURSO ABREVIADO CONSECUTIVO de D. ISRAEL GONZALEZ IBORRA y DNI . número 20833551J.

  4. Conclusión del concurso09/01/2024
    ⚖️ Mercantil - 3Proc. 690/2019Juez : FRANCISCO CABRERA TOMASAuto 08/01/2024

    SE DECLARA CONCLUIDO EL CONCURSO DE ACREEDORES DE LA MERCANTIL PROMAKI PRODUCTOS SL

  5. Otro acto concursal29/11/2023
    ⚖️ Mercantil - 3Proc. 690/2019Juez : FRANCISCO CABRERA TOMASAuto 27/11/2023

    SE HA PRESENTADO POR LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL LA RENDICIÓN DE CUENTAS CORRESPONDIENTE AL CONCURSO DE LA MERCANTIL PROMAKI PRODUCTOS SL

  6. Otro acto concursal26/05/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 690/2019Juez : JOSE LUIS FORTEGA GORBEAuto 14/05/2021

    Recibido informe por la administración concursal al que se adjuntan el inventario y la lista de acreedores. Pónganse el inventario y la lista de acreedores de manifiesto en la Oficina Judicial para su acceso por los interesados

  7. Otro acto concursal04/05/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 690/2019Juez : JOSE LUIS FORTEA GORBEAuto 29/04/2021

    1.- Se aprueba el plan de liquidación presentado por la Administración Concursal de la entidad mercantil PROMAKI PRODUCTOS SL 2.- Se apertura la Sección Sexta de calificación del concurso.

  8. Declaración de concurso25/02/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 690/2019Juez : JOSE LUIS FORTEA GORBEAuto 27/12/2019

    Que por auto de fecha 27 de Diciembre de 2019 en el procedimiento con número de autos 690/2019 y N.I.G. 03065-66-1-2019-0000581, se ha declarado en CONCURSO CONSECUTIVO [CNA] VOLUNTARIO al concursado PROMAKI PRODUCTOS SL

  9. Declaración de concurso20/02/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de AlicanteAuto 27/12/2019

    Edicto. Don Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante, con sede en Elche, Por el presente, hago saber: Que por auto de fecha 27 de diciembre de 2019, en el procedimiento con número de autos 000690/2019 y NIG 03065-66-1-2019-0000581, se ha declarado en Concurso Consecutivo [CNA] Voluntario al concursado PROMAKI PRODUCTOS, S.L., con domicilio en carretera Dolores Almoradi, km 2, Dolores (Alicante) y CIF B53313151. Inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 2.154, folio 75, hoja A-49608, representada por el Procurador D. MANUEL MARTÍNEZ RICO. Facultades del concursado: Suspendido. Administrador concursal: Que ha sido nombrado D.ª ANA ISABEL FUENTES RUIZ, Colegiada del Ilustre Colegio de Abogados de Orihuela, con domicilio postal para notificaciones: calle San Juan, 26, local, 03203 Elche; dirección de correo electrónica para notificaciones y comunicaciones de crédito: [email protected]; y domicilio postal para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal: calle San Juan, 26, local, 03203 Elche. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del Administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente en el BOE. Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación. Apertura de liquidación: Solicitada la liquidación por el concursado, se procede a la apertura de la misma con todos los efectos que previene el art. 145 de la Ley Concursal, con disolución de la mercantil. Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC. Elche, 13 de febrero de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jorge Cúellar Otón.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.