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Concurso de acreedores

PROM APOR SL

CIF B80934441Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
215/05/201004/08/2010
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal04/08/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de MadridAuto 19/07/2010

    Edicto Doña Inmaculada Rejas de Francisco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 95 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el Concurso Voluntario Abreviado número 721/09, referente a la sociedad Prom Apor, S.L., con número de CIF B80934441, se ha presentado el informe de la Administración Concursal a que se refiere el Capítulo I del Título IC de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. 2.º Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. El edicto se fijará en el tablón de anuncios del Juzgado. 3.º Dentro del plazo de diez días, computado desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones ante este Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid. Las partes personadas podrán presentar impugnaciones dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación de la providencia de fecha 19 de julio de 2010. 4.º Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Madrid, 22 de julio de 2010.- La Secretaria Judicial.

  2. Otro acto concursal15/05/2010
    ⚖️ MADRIDAuto 21/04/2010

    Edicto. Doña Inmaculada Rejas de Francisco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid, En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el Concurso Voluntario Abreviado número 721/09, por auto de 21 de abril de 2010, se ha declarado en concurso de acreedores a la mercantil Prom Apor, S.L., B80934441, cuyo centro de sus principales intereses lo tiene en Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde la publicación del anuncio que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 26 de abril de 2010.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.