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Concurso de acreedores

PROJECTES BACAP SL

CIF B63235527Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
1 — 25/11/2014 → 25/11/2014
Procedimiento
728/2014

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal25/11/2014
    ⚖️ BARCELONAProc. 728/2014Auto 10/10/2014

    El Secretario Judicial, don José Vela Perez, del Juzgado Mercantil número 6 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 728/2014 se ha declarado, mediante auto de fecha 10 de octubre de 2014, el concurso voluntario de Projectes Bacap, S.L., con NIF: B-63235527 y domicilio en avenida Cornisa, n.º 1, de Santa Coloma de Cervelló (Barcelona), en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado. Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al Administrador concursal designado don Tomas Kart Mampel por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del Administrador concursal, sito en C/ Aribau, n.º 198, de Barcelona, o en la dirección electrónica designada por el Administrador concursal [email protected] en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el BOE del presente edicto. El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y represente, salvo que pretenda exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el servicio común de los Juzgados Mercantiles Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal. Barcelona, 10 de octubre de 2014.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.