Concurso de acreedores
PROCODEMER SL
CIF B63457956Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 26/05/2011 → 11/04/2025
- Procedimiento
- 265/2011-A · 265/2011
- Juzgado
- Mercantil - 2
- Administración concursal
- D
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso11/04/2025⚖️ Mercantil - 2Proc. 265/2011-AJuez : ALVARO LOBATO LAVINAuto 14/03/2025
EDICTO ANUNCIA AUTO CONCLUSION CONCURSO
- Otro acto concursal06/05/2022⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 265/2011-AJuez : ALVARO LOBATO LAVINAuto 22/04/2022
EDICTO ANUNCIO APROBACION DEL PLAN DE LIQUIDACIÓN
- Apertura de liquidación21/04/2021⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 265/2011Juez : SOFIA GIL GARCIAAuto 18/03/2021
Declaro la rescisión del convenio y la desaparición de los efectos sobre los créditos a que se refiere el art 398LC, acuerdo abrir la fase de liquidación, y tengo por finalizada la fase de convenio, que se continuará tramitando en esta sección quinta
- Otro acto concursal26/05/2011⚖️ BARCELONAAuto 28/04/2011
Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y provincia Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 265/11 en el que se ha dictado con fecha 28 de abril de 2011 auto declarando en estado de concurso a la entidad Procodemer, S.L. con CIF B63457956 y mandando darle publicidad con los siguientes datos: Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso. Concursada: Procodemer, S.L. con domicilio en C/ Barcelona 57 de Les Franqueses del Vallès (Barcelona) Administrador Concursal: D. Javier Martínez Cañuelo (auditor), con domicilio en Vía Augusta 109, Bis, de Barcelona. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de la Unidad de Apoyo Concursal sita Gran Vía Corts Catalanes 111, Planta 13 edificio C, la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 28 de abril de 2011.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.