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Concurso de acreedores
PROCEDIMIENTOS UNO SL
CIF B29430105Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 29/07/2013 → 14/01/2021
- Procedimiento
- 519.05/2013 · 519/2013
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga
Cronología del expediente
- Otro acto concursal14/01/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 519.05/2013Juez : MARÍA DEL PILAR OLMEDO LÓPEZAuto 03/12/2020
Recibido el anterior escrito presentado por Dña. ALEJANDRA LUIS AFONSO Administradora Concursal de Dña. MARIA JUANA GARCIA ALVAREZ, únase y se tiene por aportado el informe previsto en el artículo 75 de la LC,
- Otro acto concursal14/01/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 519/2013Auto 03/12/2020
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso14/01/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 519.05/2013Auto 03/12/2020
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso29/12/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaProc. 519/2013Auto 03/12/2020
E D I C T O El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, anuncia: Que en el procedimiento concursal Nº519/2013 (NIG: 2906742M20130000868) referente al deudor PROCEDIMIENTOS UNO, S.L. con CIF B29430105, por auto de fecha 3 de diciembre de 2020 se ha acordado la conclusión del concurso por haber concluido por insuficiencia de masa activa para el pago de todos los créditos contra la masa, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento y cesando el Administrador Concursal en su cargo. También se acuerda la extinción de la sociedad. Contra esta resolución no cabe recurso alguno. Málaga, 23 de diciembre de 2020.- La Letrado de la Administración de Justicia, Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal29/07/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaAuto 01/07/2013
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 519/13, por auto de fecha 1 de julio de 2013 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Procedimientos Unos, S.L., con NIF B-29430105, domicilio en Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que la administración concursal la integra doña Elisa Caracuel Rodríguez, provisto de DNI 38130180-K, Español, mayor de edad, con vecindad civil común, estado civil casada, domicilio calle Cuarteles, n.º 40, 2.ª planta, puerta 1, y dirección postal 29002, vecino de Málaga, profesión: Letrada y con dirección de correo electrónico [email protected], que designa a los efectos de comunicación de créditos. 4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera. 6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal. Málaga, 12 de julio de 2013.- Secretario judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.