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Concurso de acreedores

PROCABA SL

CIF B74130907Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
2 — 22/04/2013 → 02/08/2014
Procedimiento
86/2013
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de los de A Coruña hace saber: · Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña

Cronología del expediente

  1. Convenio de acreedores02/08/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de los de A Coruña hace saber:Auto 14/05/2014

    Edicto D. Domingo Villafáñez García, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de los de A Coruña hace saber: Que en los presentes autos de concurso voluntario abreviado 86/13-N siendo la concursada PROCABA, S.L.U., CIF, B-74130907, se ha dictado en el día de la fecha sentencia aprobando el convenio, aceptado con la mayoría legalmente suficiente de acreedores en la junta del pasado día 14 de mayo de 2014. A Coruña, 30 de mayo de 2014.- El Secretario judicial.

  2. Declaración de concurso22/04/2013
    ⚖️ Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de A CoruñaProc. 86/2013Auto 15/03/2013

    Edicto D. Domingo Villafáñez García, Secretario/a Judicial de Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 86/2013 y NIG n.º 150304712012/809 se ha dictado en fecha 15 de marzo Auto de Declaración de Concurso voluntario ordinario del deudor Procaba, S.L., domiciliada en Santiago de Compostela, A Coruña, Camiño de Vida, Salgueiriños, s/n, 4.º B, CIF B 74130907, e inscrita en el Registro Mercantil de A Santiago de Compostela, Tomo 73, folio 190, hoja SC-44717. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a la entidad Portal Jurídico, S.L.P., con domicilio en A Coruña, Juana de Vega, N.º 12, 2.º, con dirección electrónica señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos, la siguiente: [email protected] 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN MES a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. A Coruña, 15 de marzo de 2013.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.