InicioJusticiaPROARC VILAFRANCA SL

Concurso de acreedores

PROARC VILAFRANCA SL

CIF B63406417Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
304/10/201211/02/2025
Procedimiento
566/2012
Juzgado
Mercantil - 5

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso11/02/2025
    ⚖️ Mercantil - 5Proc. 566/2012Juez : FLORENCIO MOLINA LÓPEZAuto 10/02/2025

    Ver edicto

  2. Otro acto concursal13/11/2024
    ⚖️ Mercantil - 5Proc. 566/2012Juez : FLORENCIO MOLINA LÓPEZAuto 11/11/2024

    Ver edicto.

  3. Declaración de concurso04/10/2012
    ⚖️ BARCELONAProc. 566/2012Auto 03/09/2012

    Don Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.° 111, Edificio C, 12.ª planta. Número de asunto. Concurso voluntario 566/2012 6.ª Tipo de concurso. Voluntario. Entidad instante del concurso y NIF. Proarc Vilafranca, S.L.U., B63406417. Fecha del auto de declaración. 3 de septiembre de 2012. Administradores concursales. Don José M. Parellada Ripoll, con NIF domiciliado en Tenor Viñas, 12, entlo. 3.ª, 08021 Barcelona, como Auditor de cuentas, con correo eléctronico jmparellada @gesconsulting.eu Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: los acreedores no personados pueden acudir a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 12 de septiembre de 2012.- El Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.