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Concurso de acreedores

PROMOCIONS TORRAS PRUJA I FERRER SL

CIF B64228331Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
118/07/201218/07/2012
Procedimiento
430/2012
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal18/07/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de BarcelonaProc. 430/2012Auto 22/06/2012

    Edicto Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y Provincia. Hago Saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 430/2012 en el que se ha dictado con fecha 12-6-2012 auto declarando en estado de concurso a la entidad Pro. Torras Pruja i Ferrer, S.L. con CIF B-64228331 y mandando darle publicidad con los siguientes datos: Nig del procedimiento: 08019 - 47 -1 - 2012 - 8002903. Tipo de concurso: Voluntario. Concursada: Pro. Torras Pruja i Ferrer, S.L. con domicilio en Vallgorgina 08471, ctra. Vella n.° 67-69 bajos 1.ª Administrador concursal: D.ª Gemma Atarés Paris, con domicilio en c. Ronda Sant Pere n.° 3 ppral. 1.ª con correo electrónico [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 22 de junio de 2012.- El Secretario Judicial. Fdo.: José María Valls Soriano.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.