Concurso de acreedores
PRHOSCOL SA
CIF A31652977Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 18/04/2012 → 27/12/2012
- Procedimiento
- 88/2012
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Pamplona/Iruña
Cronología del expediente
- Otro acto concursal27/12/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Pamplona/IruñaProc. 88/2012Auto 04/12/2012
El Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Pamplona/Iruña, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 88/2012 referente al concursado Prhoscol, SA. con CIF Aa 31652977 con domicilio en P.I. La Peña-Carretera Logroño-Mendavia Km. 90 de Viana, por auto de fecha 4 de diciembre de 2012 se ha acordado lo siguiente: Primero.- Aprobar el plan de liquidación para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso de acreedores de la entidad mercantil Prhoscol, SA. Segundo.- Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos. Expídanse los testimonios precisos de los documentos y resoluciones a que se refiere el art. 167 de la LC. Dentro de los diez días siguientes a la publicación de esta resolución en el BOE, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Dentro de los quince días siguientes a la expiración del anterior plazo, sin necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, los administradores concursales presentarán un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución. Pamplona/Iruña, 4 de diciembre de 2012.- La Secretaria Judicial.
- Apertura de liquidación18/09/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Pamplona/IruñaProc. 88/2012Auto 03/09/2012
El Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Pamplona/Iruña, Anuncia Que en el procedimiento concursal número 88/2012 referente al concursado Prhoscol, S.A. por auto de fecha 3 de septiembre de 2012 se ha acordado lo siguiente: Primero.- Abrir de oficio la fase de liquidación del concurso voluntario de la entidad Prhoscol, S.A. con CIF A 31652977 con domicilio en P.I. La Peña-Carretera Logroño-Mendavia, Km.90 de Viana. Segundo.- Declarar la disolución de la referida sociedad. Tercero.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley Concursal. Cuarto.- Acordar el cese de los administradores sociales y su sustitución por los administradores concursales designados en este procedimiento. Pamplona/Iruña, 3 de septiembre de 2012.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal25/06/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/IruñaProc. 88/2012Auto 30/05/2012
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, anuncia Primero.-Que en el procedimiento concursal número 88/2012 referente al deudor Prhoscol, S.A., con CIF A31652977, con domicilio en P.I. La Peña-Carretera Logroño-Mendavia, Km. 90, de Viana se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC),junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Segundo.-En resolución de esta misma fecha se ha acordado comunicar la presentación de dicho informe en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE. Dentro del plazo de diez días, computado desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, cuyos destinatarios son todos los acreedores no personados en el presente concurso de la entidad concursada, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Tercero.-Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Pamplona/Iruña, 30 de mayo de 2012.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal18/04/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/IruñaProc. 88/2012Auto 16/03/2012
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 88/2012, NIG 3120147120120000093, por auto de 16 de marzo de 2012, se ha declarado en concurso de materia voluntaria al deudor Prhoscol, S.A., con domicilio en Viana, carretera Logroño Mendavia, Km 90, cuyo centro de principales intereses lo tiene en Viana y con CIF A31652977 Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado en este edicto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección electrónica que consta en este edicto. La comunicación deberá realizarse en la forma prevista en el artículo 85.3 de la LC. La administración concursal está integrada por: D. Daniel Zubiri Oteiza en representación jurídica "Zubiri Artieda y Asociados, SLP", con CIF B71077945 Domicilio: C/ Bergamín nº 2-2º, 31002 Pamplona Profesión: Abogado Teléfono: 948-228563 - Móvil: 696491819 - Fax: 948-227896 Correo Electrónico:[email protected] El plazo para esta comunicaión es el un mes a contar de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Pamplona/Iruña, 20 de marzo de 2012.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.