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Concurso de acreedores

POWER 8 ESPAÑA SL

CIF B66023458Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
122/01/201622/01/2016
Procedimiento
852/2015

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso22/01/2016
    ⚖️ BARCELONAProc. 852/2015Auto 03/12/2015

    Don Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, Edificio C, 12.ª planta. Número de Asunto.- Concurso voluntario 852/2015 7.ª Tipo de Concurso.- Voluntario. Entidad Instante del Concurso y NIF.- Power 8 España, S.L. NIF B66023458. Fecha del Auto de Declaración.- 18/11/2015. Administradores concursales.- Don Josep Figueras Comas, con NIF 35.090.964W domiciliada en Barcelona, Ronda Sant Pere, 3, principal 1.ª, como abogado, número teléfono 93.419.38.45 con correo electrónico [email protected] Forma de Personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Régimen de las Facultades de la Concursada.-Intervenidas. Llamamiento a los Acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administracion concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 3 de diciembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.