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Concurso de acreedores
POSADA DE LOS ARRIEROS SL
CIF B18498808Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 19/12/2016 → 26/11/2018
- Procedimiento
- 246/2016 · 07/2016
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso26/11/2018⚖️ ALMERÍAProc. 246/2016Auto 17/10/2018
El Juzgado de lo Mercantil de Almería anuncia: Que en el procedimiento concursal número 246/2016 instado por POSADA DE LOS ARRIEROS, S.L., con C.I.F. B18498808 y domicilio en Avenida Nuestro Padre Jesús Cautivo, n.º 7, centro comercial Sierramijas, entreplanta, local 28, CP 29640, Fuengirola (Málaga), se ha dictado Auto de Conclusión de Concurso de fecha 17 de octubre de 2018, en cuya parte dispositiva se dispone: - La conclusión del presente procedimiento concursal, por insuficiencia de masa activa. - Se declara aprobada la rendición de cuentas final de los administradores. - Se declara la extinción de la mercantil Posada de los Arrieros, S.L. - Publíquese la presente resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, y publíquese en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal. Almería, 23 de octubre de 2018.- Letrada de la Administración de Justicia, María Ángeles Bossini Ruiz.
- Declaración de concurso11/02/2017⚖️ ALMERÍAProc. 246/2016Auto 21/12/2016
Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia 1.º- Que en el procedimiento número 246/2016, con NIG 0401342M20160000239 por Auto de 06/07/2016 se declaró en concurso voluntario al deudor Posada de los Arrieros, S.L., con CIF B-18498808, domicilio en Avenida Nuestro Padre Jesús Cautivo, número 7, Centro Comercial Sierramijas, entreplanta, local 28, CP- 29640 Fuengirola (Málaga) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la provincia de Almería. 2.º- Que en dicho procedimiento se ha dictado Auto de fecha 21/12/2016 donde se acuerda lo siguiente: - No tener por desistido al deudor concursado en el presente procedimiento de concurso voluntario. - El cambio de la situación de suspensión de las facultades del deudor sobre su patrimonio a la de mera intervención por la administración concursal. El cambio se someterá al régimen de publicidad de los artículos 23 y 24, para lo que se han de librar los correspondientes oficios. - Se deja sin efecto la obligación impuesta para la administración concursal de presentar, junto con el informe del artículo 75, un plan de liquidación. - Continuar el concurso en la fase común, por sus propios trámites, acordándose en consecuencia y a resultas de lo que en ella se actúe, dejando sin efecto la apertura de la fase de liquidación, la disolución de la sociedad y el cese de los administradores de la concursada acordado en el Auto de declaración de Concurso. Los plazos procesales para la presentación de informes, retribución de la Administración Concursal, llamamiento a los acreedores, comunicación de créditos, informe del artículo 74 LC, y comunicación individualizada del concurso a los acreedores empezarán a correr desde la fecha en la que se dé a este acuerdo –de seguir el concurso como fase común– la oportuna publicidad. Almería, 21 de diciembre de 2016.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
- Apertura de liquidación19/12/2016⚖️ ALMERÍAProc. 07/2016Auto 12/07/2016
Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 246/Z016, con NIG 0401342M20160000239 por auto de 06/07/2016 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Posada de lo Arrieros, S.L., con C.I.F. B-18498808, domicilio en Avenida Nuestro Padre Jesús Cautivo, n.º 7, Centro Comercial Sierramijas, entreplanta, local 28, CP- 29640 Fuengirola (Málaga) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la provincia de Almería. 2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que ha sido nombrado Administrador Concursal Auditores Administradores Concursales y Peritos, S.L.P. con C.I.F. B-92501725, persona física a D. Miguel Agustín Gabrielli González con D.N.I. n.º 44.586.137-Q, indicando como dirección postal Avda. Federico García Lorca, n.º 11, 2º A CP- 04004 Almería, número de teléfono 952-06-04-38 y fax 952-06-04-88, así como dirección electrónica [email protected], en las que efectuar las comunicaciones de créditos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado. 4.º Habiéndose solicitado el deudor la liquidación, se acuerda la inmediata apertura de la fase de liquidación y de la Sección Quinta, ordenando la disolución de la sociedad y el cese de los administradores de la concursada, que serán sustituidos por la Administración Concursal. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Almería, 12 de julio de 2016.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.