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Concurso de acreedores
POLIMEROS DE INYECCION DE PLASTICOS SL
CIF B83134346Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 02/11/2009 → 01/04/2014
- Procedimiento
- 475/2009
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso01/04/2014⚖️ MADRIDProc. 475/2009Auto 17/03/2014
Edicto Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 475/2009, por auto de 17 de marzo de 2014, se ha acordado la conclusión del concurso voluntario de la entidad Polímeros de Inyección de Plásticos, S.L. con C.I.F. B-83134346, así como el cese de la administración concursal integrada por el Abogado don Fernando María Carvajal Gómez-Cano. 2.º Asimismo, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la administración concursal y se ha declarado la extinción de la entidad. Madrid, 17 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal02/11/2009⚖️ MADRIDAuto 21/10/2009
Edicto Doña María del Carmen Oria Fernández, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento de Concurso Voluntario Abreviado número 475/09, por auto de 21 de octubre de 2009, se ha declarado en concurso voluntario a Polímeros de Inyección Plásticos, S.L., con CIF. B-83134346, domiciliada en Valdemoro (Madrid), Avd. de las Canteras, 93-95, naves 11-12. 2º.- Que el deudor va a conservar las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. 4º.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público concursal, en su caso. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo184.3 LC). Madrid, 21 de octubre de 2009.- Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.