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Concurso de acreedores
POLARIS WORLD NETWORK SL
CIF B30827638Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 30/01/2017 → 19/01/2024
- Procedimiento
- 465/2016
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA · Mercantil - 2 · Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Murcia
Cronología del expediente
- Otro acto concursal19/01/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 465/2016Auto 21/12/2023
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso19/01/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 465/2016Juez : CARLOS VIELBA ESCOBARAuto 21/12/2023
Edicto por el que se notifica Auto de aprobación del plan de Liquidación del concursado D.José Carmelo Pérez Almagro y en el que, entre otros pronunciamientos, se acuerda la apertura de la sección de calificación, con todos los efectos a ellos inhere
- Conclusión del concurso21/12/2023⚖️ Mercantil - 2Proc. 465/2016Juez : FRANCISCO CANO MARCOAuto 21/12/2023
CONCLUSION CONCURSO
- Declaración de concurso30/01/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de MurciaProc. 465/2016Auto 03/01/2017
Edicto D.ª Ángela Quesada Martos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Murcia, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 465/2016 y NIG n.º 30030 47 1 2016 0001070 se ha dictado en fecha 3 de enero de 2017 auto de declaración de concurso ordinario- voluntario del deudor Polaris World Network, S.L.U., con CIF B-30827638, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Carretera Murcia-San Javier, Km 18, Balsicas - 30509 – Murcia. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como Administración concursal a la Sociedad PricewaterhouseCoopers Auditores, S.L., con domicilio profesional en Avda. Teniente Montesinos, n.º 10, 5.ª planta, 30100 Murcia, teléfono 968839616 y correo electrónico [email protected] donde los acreedores, a su elección, deben efectuar la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Comunicar que en lo sucesivo, las resoluciones que conforme a la Ley Concursal deban publicarse se harán en la página www.oficinajudicialmurcia.es Murcia, 13 de enero de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.