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Concurso de acreedores
PLAY BRA SENSATION SL EN LIQUIDACION
CIF B54230222Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 16/05/2012 → 21/12/2019
- Procedimiento
- 117/2012
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Alicante · MERCANTIL - 2
Cronología del expediente
- Declaración de concurso21/12/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de AlicanteAuto 03/12/2019
Doña Pilar Solanot García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Alicante, por el presente, Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado [CNA] - 000117/2012 - D sobre declaración de concurso de la mercantil Play Bra Sensation, S.L., con domicilio en calle Alcoy nº 17, 2º C de Banyeres de Mariola (Alicante) y C.I.F. número B-54230222, se ha dictado auto de fecha 3 de diciembre de 2019, que contiene, entre otros, los siguientes pronuniciamientos: 1º.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa. 2º.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación. 3º.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución. 4º.- Aprobar la rendición de cuentas de la Administración concursal. 5º.- Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo. 6º.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24. El cómputo de los plazos que se contengan en esta resolución y/o los plazos para la interposición de los recursos contra la misma en caso de no ser firme, se iniciarán para las partes personadas en el procedimiento desde su notificación por lexnet y para los no personados desde su publicación en el RPC. Modo de impugnación: no cabe recurso alguno. Alicante, 3 de diciembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Pilar Solanot García.
- Conclusión del concurso13/12/2019⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 117/2012Juez : SALVADOR CALERO GARCÍAAuto 03/12/2019
CONCLUIR EL CONCURSO CESAR LAS LIMITACIONES DE LAS FACULTADES DEL DEUDOR EXTINCIÓN DE LA ENTIDAD Y CIERRE DE LA HOHA APROBAR LA RENDICIÓN DE CUENTAS CESAR LA ADMON CONCURSAL
- Declaración de concurso22/05/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de AlicanteAuto 30/04/2013
Doña Pilar Solanot García, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente, Hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado - 000117/2012 - D sobre declaración de concurso de la mercantil Play Bra Sensation, S.L., con CIF número B-54230222, y se ha dictado Auto de fecha 30 de abril de 2013, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos: Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC. Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art. 168 LC). Comuníquese a la Administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC. Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente. Alicante, 30 de abril de 2013.- La Secretaria judicial.
- Declaración de concurso03/09/2012⚖️ ALICANTEAuto 23/07/2012
Doña Pilar Solanot García, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.° 2 de Alicante, Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado -00011712012-D sobre declaración de concurso de la mercantil Play Bra Sensation, S.L., con domicilio en y CIF número B-54230222, se ha presentado por la Administración Concursal el informe preceptuado en el art. 74 LC, y se ha dictado Providencia de fecha 23 de julio de 2012, que contiene, entre otros, los siguiente pronunciamiento: - Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación que se realice a través de su representación procesal, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa. Los demás interesados no personados podrán impugnar en el mismo plazo de diez días que se computará desde la publicación en el BOE, ello conforme al art. 96 LC que se sustanciará por los trámites del incidente concursal (art. 194 y ss. LC). Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente. Alicante, 20 de julio de 2012.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal16/05/2012⚖️ ALICANTEAuto 26/04/2012
Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de concurso abreviado 000117/2012-D, en los que se ha dictado, con esta fecha, auto declarando en estado de concurso voluntario a Play Bra Sensation, S.L., con domicilio en calle Alcoy, n.º 17, 2.º C, de Banyeres de Mariola (Alicante), y CIF número B-54230222, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante Tomo 3174, Libro 0, Folio 101, Hoja A-105896. Facultades: Se decreta la intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince dias, a contar desde la fecha de publicación en el BOE. Identidad de la Admon. Concursal: D. Alfonso Gosálbez Selva, en su cualidad de Censor Jurado de la Comunidad Valenciana, con DNI n.º 21.622.180-H, y con domicilio en Avenida Salamanca, n.º 12, 5.º, de Alicante, código postal 03003, teléfono n.º 965.54.67.72 y fax n.º 965.54.67.72, mail: [email protected]. Examen de los autos: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador y los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Alicante, 26 de abril de 2012.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.