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Concurso de acreedores
PLANCHISTERIA HERMO SL
CIF B61761300Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 09/04/2014 → 30/07/2016
- Procedimiento
- 185/2014
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil núm 3 de Barcelona
Cronología del expediente
- Declaración de concurso30/07/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm 3 de BarcelonaProc. 185/2014Auto 11/07/2016
Don Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Admón. de Justicia sust. del Juzgado de lo Mercantil núm 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 185/2014, en el que se ha dictado auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad Planxisteria Hermos, S.L., con CIF núm. B61761300 y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 185/2014, sección C5. NIG del Procedimiento.- 08019- 47- 1- 2014- 8001222. Entidad Concursada.- Planxisteria Hermos, S.L., con CIF n.º B61761300. Tipo de concurso.- Voluntario Fecha del auto de declaración.- 11 de julio de 2016. Barcelona, 11 de julio de 2016.- El Letrado de la Admón. de Justicia sust.
- Declaración de concurso09/04/2014⚖️ BARCELONAProc. 185/2014Auto 26/03/2014
Doña María Aránzazu Alameda López, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 185/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Planxisteria Hermos, S.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto: Concurso voluntario 185/2014 Sección C5. NIG del procedimiento: 08019 47 1 2014 8001222. Entidad concursada: Planxisteria Hermos, S.L., con CIF n.º B61761300. Tipo de concurso: Voluntario. Fecha del auto de declaración: 18/03/2014. Administrador/es concursal/es: D. Álvaro Córdoba Raventos, con domicilio en Av. Diagonal, 628, 2.º-2.ª 08017 Barcelona (Barcelona), teléfono 932721192, con correo electrónico [email protected] Facultades del concursado: Intervenidas. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además lo bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 26 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.