Inicio›Justicia›PIPO PAN SURESTE SL EN LIQUIDACION
Concurso de acreedores
PIPO PAN SURESTE SL EN LIQUIDACION
CIF B73393878Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 05/05/2016 → 07/04/2018
- Procedimiento
- 77/2016
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil núm.1 de Murcia
Cronología del expediente
- Otro acto concursal07/04/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm.1 de MurciaProc. 77/2016Auto 27/03/2018
Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil núm.1 de Murcia, anuncia: 1.- Que en este órgano judicial se tramita Sección V de Liquidación del concurso voluntario 77/2016 de Pipo Pan Sureste S.L., con CIF B-73393878, en el que se ha dictado el día 05/03/2018 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2.- El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente. Doy fe. Murcia, 27 de marzo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso05/05/2016⚖️ MURCIAProc. 77/2016Auto 22/04/2016
Edicto Dª Ana María Lacalle Espallardo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil nº 1 de Murcia, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 77/2016 y NIG nº 30030 47 1 2016 0000186, se ha dictado en fecha 18/04/2016 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor PIPO PAN SURESTE, S.L. con CIF B73393878, cuyo domicilio social lo tiene en Carril de las Palmeras, núm. 2, Puente Tocinos-Murcia. 2º.- Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición que quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal. Ha sido nombrado Administrador Concursal ABOGADOS Y ECONOMISTAS ADMINISTRADORES CONCURSALES DE MURCIA, SLP., designando como domicilio postal para la remisión de crédito el Carril de Condomina, núm. 3, 7.º E, 30006 Murcia, Teléfono: 968214437, 609849876 y 626435259, y como dirección electrónica [email protected]. 3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos, que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.-No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5º La concursada ha solicitado la liquidación. Habiéndose acordado su tramitación conforme lo establecido en el art. 191 ter, queda a disposición el plan de liquidación presentado por el deudor en esta oficina judicial para en el plazo de diez días desde el siguiente a la publicación del edicto, los acreedores puedan realizar alegaciones. 6º.- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://www.oficinajudicialmurcia.es/. Murcia, 22 de abril de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.