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Concurso de acreedores

PINTURAS NIMI SL

CIF B98434061Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
221/10/201512/02/2018
Procedimiento
10/2017
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso12/02/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 10/2017Auto 26/07/2017

    Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000918/2015 habiéndose dictado en fecha 05/10/2017 por el Ilmo Sr/a Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: Parte Dispositiva Acuerdo: 1.- Se declara la Conclusión del Concurso Abreviado voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000918/2015, promovido por el/la Procurador/a Sr/a Reig Gómez, Victoria, en nombre y representación de la mercantil Pinturas Nimi, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite. 2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación 3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Juan Castaño Pico, con DNI n.º 48.372.474R, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. 4.- Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Pinturas Nimi, S.L., con C.I.F. B98434061, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme. 5.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 26 de julio de 2017. Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada Reig Gómez, Victoria a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos. Llévese el original al libro de Autos Definitivos, dejando copia testimoniada en su lugar, e igualmente llévese testimonio de ésta resolución a la Sección 2.ª del concurso. Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC). Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma S.Sª. Doy fé. El/la Magistrado/a Juez/a El/la Letrado/a Admon Justicia. Valencia, 5 de octubre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso21/10/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaAuto 21/09/2015

    Edicto D. Joaquín Andrés Sancho, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000918/2015, habiéndose dictado en fecha 10/09/15 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso Voluntario de acreedores de Pinturas Nimi, S.L., con CIF B98434061, decretándose la suspensión de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a D. Juan Castaño Pico, con D.N.I. nº 48372474R, con domicilio profesional en Calle Poeta Josep Cervera i Grifol, nº 14, planta 1ª, puerta 1ª, 46013 Valencia, teléfono 966.222.848, fax nº 965.433.627 y correo electrónico [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 LC. Valencia, 21 de septiembre de 2015.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.