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Concurso de acreedores

PINAR DE MIRABAL SCA

CIF F11928504Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
305/05/201624/06/2020
Procedimiento
125/2016
Juzgado
MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Cádiz

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal24/06/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 125/2016Juez : ANA MARIN HERREROAuto 05/02/2020

    APROBACION PLAN DE LIQUIDACION

  2. Otro acto concursal06/06/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de CádizAuto 05/03/2016

    Edicto D.ª Covadonga Herrero Udaondo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.- Que en fecha 5 de marzo de 2016 fue declarado en concurso de acreedores en el procedimiento número 125/16, al deudor Pinar de Mirabal SCA CIF F-11928504, con domicilio en C/ Armas, n.º 17 de Jerez de la Frontera. 2.- Que en fecha 5 de mayo de 2016 se publicó en el Boletin Oficial del Estado el edicto haciendolo saber, apreciándose un error en el correo electrónico de la Administración Concursal que no se indicaba, habiéndose acordado por resolución del dia de la fecha la publicacíón en el BOE del error observado y la concesión de un nuevo plazo de llamamiento. 3- Que el correo electrónico correcto donde los acreedores deberán de comunicar el crédito es el siguiente: [email protected] Se concede un nuevo plazo para comunicar el crédito de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Cadiz, 24 de mayo de 2016.- La letrada de la administración de justicia.

  3. Otro acto concursal05/05/2016
    ⚖️ CÁDIZProc. 125/2016Auto 05/03/2016

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 125/2016, con NIG 1101242M20160000080 por auto de 5 de marzo de 2016 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Pinar de Mirabal, S.C.A., con CIF F-11928504, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Jerez de la Frontera, calle Armas, n.º 17. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la Administración concursal designada ha sido D. Germán Bernal Soto, con domicilio en Avda. Ramón de Carranza, n.º 26, 1.º, CP 11006 de Cádiz. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Cádiz, 20 de abril de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.