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Concurso de acreedores
PILAS 2000 SL EN LIQUIDACION
CIF B91194167Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 03/04/2017 → 16/03/2022
- Procedimiento
- 123/2017
- Juzgado
- TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 2ª - 2 · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla
Cronología del expediente
- Declaración de concurso16/03/2022⚖️ TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 2ª - 2Proc. 123/2017Juez : PEDRO MARQUEZ RUBIOAuto 15/03/2022
VER ANEXO
- Otro acto concursal03/04/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de SevillaProc. 123/2017Auto 17/03/2017
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 123/2017, con NIG 4109142M20160002112, por auto de 24/02/17 se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor PILAS 2000, S.L., con CIF B91194167, y cuyo centro de intereses lo tiene en Sevilla, Plaza del Cabildo, n.º 1, de Pilas. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. Alfonso Graiño Lozano, DNI 507,34,201-L, vecino de Sevilla, domicilio en plaza Padre Jerónimo de Córdoba, n.º 13, 5.º B, 41003. Profesión Letrado y dirección de correo electrónico: [email protected], teléfono 984 28 09 28 y fax 984 29 43 73. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 17 de marzo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.