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Concurso de acreedores
Pilar Terrer Ruiz, co
CIF N43689142Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 18/11/2019 → 18/11/2019
- Procedimiento
- 1338/2019
Cronología del expediente
- Declaración de concurso18/11/2019⚖️ BARCELONAProc. 1338/2019Auto 16/07/2019
Rafael Huerta García, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, Hago saber: Número de asunto. Concurso consecutivo 1338/2019 Sección:/ NIG: 0801947120198014927. Fecha del auto de declaración. 16 de julio de 2019. Clase de concurso. Consecutivo. Entidad concursada. Pilar Terrer Ruiz, con 43689142K. Administradores concursales. Se ha designado como Administrador concursal a Josep Puigvert Ibars. Dirección postal: Calle Tuset nº 32, 9ª planta (Barcelona). Dirección electrónica:[email protected] Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 - Barcelona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (artículo 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Barcelona, 27 de septiembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Rafael Huerta García.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.