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Concurso de acreedores
PEQUEÑA CRAKENT SL
CIF B30841613Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 23/12/2014 → 07/05/2015
- Procedimiento
- 574/2014 · 2014/0001
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia · Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Murcia
Cronología del expediente
- Otro acto concursal07/05/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 574/2014Auto 23/03/2015
Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concurso voluntario abreviado 574/2014 de Promociones Pequeña Crakent, S.L., con CIF B-30841613, se ha dictado el 23 de marzo de 2015 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2.- El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23, 24 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe. Murcia, 9 de abril de 2015.- La Secretaria judicial.
- Declaración de concurso23/12/2014⚖️ Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 2014/0001Auto 04/12/2014
Edicto D.ª ANA MARÍA LACALLE ESPALLARDO, Secretaria Judicial de Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial, con el n.º Sección I Declaración Concurso 00000574/2014 y NIG n.º 30030 47 1 2014/0001261, se ha dictado en fecha 03/12/2014 Auto De Declaración De Concurso Voluntario Abreviado del deudor Pequeña Crakent, S.L., con CIF n.º B-30841613, y con domicilio en C/ Cartagena de Indias, n.º 29, 30.203 Cartagena (Murcia), a instancia del Procurador D. Alfonso Arjona Ramírez. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición de los deudores por la administración concursal nombrada, las que serán sometidas a su autorización y conformidad. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá comunicarse a la administración concursal que luego se dirá directamente y en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal). 5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.oficina judicialmurcia.es 6º.- Que ha sido nombrado Administrador Concursal de la mercantil la sociedad Acosta y Pedrero, S.L.P., con CIF B-30667216, con domicilio profesional en Calle Carmen, n.º 36-1.º; 30.201, Cartagena (Murcia), teléfono 968524550, fax 968521312, y dirección de correo electrónica [email protected] quien al amparo de lo establecido en el art. 30 de la Ley Concursal ha designado para su representación al letrado D. José Luis Pedrero García, con DNI 22.942.760-F, quien ha aceptado el cargo mediante comparecencia en este Juzgado el día 4 de diciembre de 2014. Murcia, 5 de diciembre de 2014.- La Secretaria.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.