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Concurso de acreedores
PEDRERA VACARISSES SL
CIF B58045352Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 01/06/2011 → 04/06/2024
- Procedimiento
- 556/2011 · 203/2011
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE BARCELONA · Mercantil - 6 · Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso04/06/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE BARCELONAProc. 556/2011Juez : Axel Casadevall PortasAuto 16/11/2023
AUTO DECLARACIÓN
- Conclusión del concurso16/11/2023⚖️ Mercantil - 6Proc. 556/2011Juez : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTINAuto 16/11/2023
Conclusión del concurso de Pedrera Vacarisses, S.L.
- Otro acto concursal08/04/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE BARCELONAProc. 556/2011Juez : Juan Diego Carrillo PantojaAuto 16/11/2023
En el Concurso Voluntario abreviado 180/2021-E se dictó un auto de fecha 5-04-2022 por el que se ha declarado concluso el concurso de la mercantil UGEFA S.L., con NIF B63380901, con domicilio en Calle Baluard , n.º 124, 5º. 08003 - Barcelona. La m
- Otro acto concursal21/01/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridProc. 556/2011Auto 09/01/2012
Edicto María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, anuncia: 1. Que en el procedimiento concursal voluntario número 556/2011 referente al deudor Pedrera Vacarisses, S.L. con CIF B58045352, se ha presentado el informe de la administración concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado. 2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado (con carácter gratuito) y en el tablón de anuncios de este Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Las partes personadas podrán presentar impugnaciones dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación de la providencia de fecha 9 de enero de 2012 (artículo 96.1 Ley Concursal). Las impugnaciones se sustanciarán por los trámites del incidente concursal. 3. Las impugnaciones se realizarán por medio de Letrado y Procurador de los tribunales (artículo 184.4 Ley Concursal). Del escrito de demanda y documentos acompañados deberán presentarse catorce copias (14) en soporte papel o en CD individualmente emblistado para el emplazamiento de los personados (art. 94.3 Ley Concursal). Madrid, 9 de enero de 2012.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal01/06/2011⚖️ MADRIDProc. 203/2011Auto 16/05/2011
Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º. - Que en el procedimiento número 203/2011, por auto de fecha 16-5-2011 se ha declarqado en concurso a la mercantil Pedrera Vacarisses, S.L. con NIF B-58045352, con domicilio en Vacarisses (Barcelona) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Vacarisses (Barcelona) carretera Cv 1211, kM 4,5 y centro de intereses principales en la Carretera de Pinto a Fuenlabrada Km 18.500 de Pinto (Madrid). 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 16 de mayo de 2011.- Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.