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Concurso de acreedores
PASCAL PSICOLOGIA SL
CIF B84141845Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 16 — 18/09/2019 → 28/07/2023
- Procedimiento
- 1270/2019
- Juzgado
- Mercantil - 3 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID · JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 3 DE MADRID
Cronología del expediente
- Otro acto concursal28/07/2023⚖️ Mercantil - 3Proc. 1270/2019Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 07/06/2023
Edicto anunciando aprobación del plan de liquidación como reglas especiales de liquidación.
- Otro acto concursal16/06/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 1270/2019Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 07/06/2023
Auto de formación de la sección de calificación
- Otro acto concursal16/06/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 1270/2019Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 07/06/2023
Auto de aprobación del plan de liquidación
- Otro acto concursal21/11/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 1270/2019Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 27/10/2022
Resolución sobre las facultades de administración
- Apertura de liquidación21/11/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 1270/2019Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 27/10/2022
Auto de apertura de la fase de liquidación
- Apertura de liquidación03/11/2022⚖️ Mercantil - 3Proc. 1270/2019Juez : EMILIO JOSE ZORZONA ARANAAuto 27/11/2022
ABRIR FASE DE LIQUIDACION ACORDAR SUSPENSION DE LAS FACULTADES DE ADMINISTRACION Y DISPOSICION DEL CONCURSADO SOBRE SU PATRIMONIO SE DECLARA DISUELTA LA ENTIDAD CONCURSADA
- Convenio de acreedores07/07/2021⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 1270/2019Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 25/06/2021
VER DOCUMENTACION ADJUNTA
- Apertura de liquidación07/07/2021⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 1270/2019Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 25/06/2021
VER DOCUMENTACION ADJUNTA
- Otro acto concursal19/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 1270/2019Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 11/02/0019
Resolución sobre las facultades de administración
- Declaración de concurso19/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 1270/2019Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 11/02/0019
Auto de declaración de concurso
- Otro acto concursal06/03/2020⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 1270/2019Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 13/02/2020
Edicto
- Otro acto concursal06/03/2020⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 1270/2019Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 13/02/2020
Auto
- Otro acto concursal08/10/2019⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 1270/2019Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 09/09/2019
Resolución sobre las facultades de administración
- Declaración de concurso08/10/2019⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 1270/2019Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 09/09/2019
Auto de declaración de concurso
- Declaración de concurso21/09/2019⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 1270/2019Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 09/09/2019
SE DECLARA EN CONCURSO DE ACRREDORES A LA ENTIDAD PASCAL PSICOLOGIA SLU CON DOMICILIO EN LA CALLE ASURA Nº 40 DE MADRD, CON CIF B84141845
- Otro acto concursal18/09/2019⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 3 DE MADRIDProc. 1270/2019Auto 09/09/2019
EDICTO Don EMILIO JOSÉ ZORNOZA ARANA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 3 DE MADRID. Hace saber: 1.- Que en el concurso Concurso Abreviado 1270/2019, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2019/0113232, por auto de fecha 9 de septiembre de 2019, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a PASCAL PSICOLOGÍA, S.L.U., con nº de identificación B84141845, y domiciliado en Madrid, calle Asura nº 40, CP 28043. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es AUDILEGEM LEGAL CONSULTING SERVICES, S.L., con domicilio postal en calle General Ramírez de Madrid nº 20 Bajo A CP 28020, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es Madrid, 13 de septiembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Emilio José Zornoza Arana.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.