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Concurso de acreedores

SERVIMAD SERVICIOS INTEGRALES DE EMPRESA SL

CIF B82474271Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
323/02/201124/12/2015
Procedimiento
361/2010 · 1060/2010
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid anuncia

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso24/12/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 361/2010Auto 14/12/2015

    Edicto Doña María Dolores Sánchez Franco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, Anuncia: En este Juzgado se siguen autos de procedimiento concurso necesario ordinario entre MENEXPRES, S.A., y la concursada PARQUE PÓRTICO, S.L., con CIF B-82474271, con n.º 361/2010, en cuyos autos con fecha 14.12.2015 se ha dictado Auto de conclusión por fin de liquidación cuya parte dispositiva es del tenor literal: 1.- Declarar la conclusión del presente concurso del deudor PARQUE PÓRTICO, S.L., por fin de la fase de liquidación. 2.- El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. 3.- Quedar el deudor responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso. 4.- Se acuerda la extinción de PARQUE PÓRTICO, S.L., y el cierre de su hoja de inscripción registral. Expídase por el Sr. Secretario mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Madrid, para que proceda a la inscripción de la conclusión del concurso, procediendo a su inserción en el portal de internet y al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro. 5.- El cese en su cargo de la administración concursada en su día nombrada. Dése cumplimiento a lo previsto en el art. 181 de LC, para el supuesto de que no conste ya efectuado. Dése cumplimiento al art. 177.3 LC; la resolución firme que acuerde la conclusión del concurso se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24. Notifíquese este Auto según lo dispuesto a las partes personadas, previniese de que contra él mismo no cabe recurso, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 177.1 LC. Lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe. Madrid, 14 de diciembre de 2015.- Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso03/03/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid anunciaProc. 1060/2010Auto 21/02/2012

    Edicto D.ª Josefina Elena Enrech Verde, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid anuncia Que en los autos de concurso voluntario abreviado n.º 1060/2010 instado por el procurador Don Antonio García Martínez, en nombre y representación de de Servimad Servicios Integrales de Empresa S.L., con CIF: B-82474271, en el cual se ha dictado auto con fecha 21 de febrero de 2012, cuya parte dispositiva es como sigue: 1. Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Servimad Servicios Integrales de Empresa, S.L. 2. Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. 3. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 4. Se declara disuelta la entidad Servimad Servicios Integrales de Empresa, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 5. Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados y en su caso la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones. 6. Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se publicarán en el BOE y en el Registro Público Concursal y se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado. Inscríbase, asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso, la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos. 7. En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148.1 de la LC. Madrid, 21 de febrero de 2012.- El/La Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal23/02/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 1060/2010Auto 11/02/2011

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley Concursal (LC), Anuncia 1.º-Que en el procedimiento número 1060/2010, por auto de once de febrero de dos mil once se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Servimad Servicios Integrales de Empresa, S.L., con CIF B-82474271 con domicilio en Calle Cerro del Murillo, n.º 13, puerta 120, de Madrid y cuyo centro de intereses principales lo tiene en dicho domicilio. 2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 11 de febrero de 2011.- Secretaria judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.