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Concurso de acreedores

PARAMI SOCIEDAD LIMITADA

CIF B26106187Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
423/07/201912/05/2023
Procedimiento
639/2019
Juzgado
Primera Instancia/Instrucción/Mercantil - 6

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso12/05/2023
    ⚖️ Primera Instancia/Instrucción/Mercantil - 6Proc. 639/2019Juez : RAFAEL YANGÜELA CRIADOAuto 11/05/2023

    Conclusión concurso

  2. Apertura de liquidación28/09/2020
    ⚖️ PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 6Proc. 639/2019Juez : RAFAEL YANGÜELA CRIADOAuto 28/09/2020

    Auto acordando finalización fase común

  3. Otro acto concursal20/02/2020
    ⚖️ PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 6Proc. 639/2019Juez : RAFAEL YANGÜELA CRIADOAuto 20/02/2020

    Auto aprobando plan de liquidación y acordando la formación de la sección 6º de calificación

  4. Declaración de concurso23/07/2019
    ⚖️ LOGROÑOProc. 639/2019Auto 10/07/2019

    Edicto D.ª María Asunción González Elías, Letrado de la Administración de Justicia, del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja, Por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial, con el nº 639/2019, N.I.G. 26089 42 1 2019 0004582 Sección I Declaración Concurso Voluntario Abreviado, se ha dictado en fecha 10 de julio de 2019, Auto de Declaración de Concurso del deudor Parami, S.L., con domicilio social en Calle Rifondo 9 del Polígono Industrial Tejerías de Calahorra (La Rioja) y CIF B26106187. 2º.- Se ha acordado que el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de los administradores concursales mediante autorización o conformidad. Se ha designado, como administración concursal al abogado Don Oscar Casero Miguel, con domicilio profesional en Logroño, calle Vara de Rey nº 11, 1º C, dirección electrónica [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es. Logroño, 17 de julio de 2019.- La Letrado de la Administración de Justicia, María Asunción González Elías.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.