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Concurso de acreedores
PAPEL ASTUR COMERCIAL SA
CIF A33684622Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 30/03/2010 → 30/07/2015
- Procedimiento
- 692/2009
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso30/07/2015⚖️ OVIEDOAuto 18/05/2015
EDICTO Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo, Hago saber: Que en este Juzgado se tramita procedimiento concursal n.º 692/09 (N.I.G. 33044 47 1 2009 0104902) relativo al deudor Papel Astur Comercial Sociedad Anónima, con CIF A33684622, en el cual, con fecha 18 de mayo de 2015 se dictó Auto declarando la conclusión del concurso al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. En la misma resolución se acuerda: - El cese de la limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes. - La extinción de la persona jurídica concursada, disponiéndose el cierre de su hoja de inscripción en el Registro mercantil de Asturias. - La conclusión del concurso no obstará a su reapertura del concurso, que será declarada por este mismo juzgado, en caso de que con posterioridad a esta resolución aparezcan bienes y derechos titularidad del concursado. Oviedo, 18 de mayo de 2015.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal30/03/2010⚖️ OVIEDOProc. 692/2009Auto 02/03/2010
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número uno de Oviedo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 692/2009, por auto de 2 de marzo de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Papel Astur Comercial, Sociedad Anónima, con CIF A-33684622 con domicilio en Gijón, calle Sáhara, número 7 y 9, bajos, centro de principales intereses lo tiene en Gijón. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado, sin perjuicio de que se haya ordenado también su publicación en el Diario La Nueva España. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Oviedo, 2 de marzo de 2010.- El/la Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.