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Concurso de acreedores

PANIFICADORA BASAURI SOCIEDAD ANONIMA

CIF A48175269Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
405/10/201822/07/2021
Procedimiento
794/2018
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BILBAO · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal22/07/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BILBAO Proc. 794/2018Juez : RAFAEL RUIZ GIMENEZAuto 21/06/2021

    PUESTA MANIFIESTO INFORME PROVISIONAL

  2. Otro acto concursal22/07/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BILBAO Proc. 794/2018Juez : SIN ASIGNAR SIN ASIGNARAuto 21/06/2021

    PUESTA MANIFIESTO PLAN DE LIQUIDACION

  3. Conclusión del concurso22/07/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BILBAO Proc. 794/2018Juez : MIGUEL ÁNGEL ÁLVAREZ TURANZASAuto 21/06/2021

    PUBLICACIÓN TEXTOS PROVISIONALES

  4. Apertura de liquidación05/10/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de BilbaoProc. 794/2018Auto 19/09/2018

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia 1.º-Que en el procedimiento número 794/2018, NIG n.º 48.04.2-18/026760, por auto de 19/09/2018 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Panificadora Basauri, S.A., con CIF A48175269, con domicilio en Avenida Cervantes, n.º 1- Basauri. La misma resolución ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso con arreglo a lo dispuesto en el artículo 191 ter de la Ley Concursal, y ha declarado disuelta a la concursada, cesando en su función a los Administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. 2.º-Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración concursal. 3.º-Que la administración concursal está integrada por la entidad Isurkide Consultores y Gestores, S.L. y su representación, don Eduardo Beitia Aldasoro. Domicilio postal: C/ Beato Tomás Zumárraga, 1B, P01-A, Vitoria. Dirección electrónica: [email protected] 4.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con lo datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 5.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC). 6.º-Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es Bilbao, 19 de septiembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.