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Concurso de acreedores

PAMINAFER SL

CIF B81279549Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
6 — 16/09/2020 → 11/02/2021
Procedimiento
851/2020
Juzgado
MERCANTIL - 10

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal11/02/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 10Proc. 851/2020Juez : OLGA MARTIN ALONSOAuto 08/02/2021

    EDICTO

  2. Otro acto concursal28/10/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 10Proc. 851/2020Juez : OLGA MARTIN ALONSOAuto 27/10/2020

    EDICTO

  3. Otro acto concursal20/10/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 10Proc. 851/2020Juez : OLGA MARTIN ALONSOAuto 16/10/2020

    EDICTO

  4. Otro acto concursal21/09/2020
    ⚖️ MADRIDProc. 851/2020Auto 15/09/2020

    EDICTO Doña Yolanda Peña Jiménez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil nº 10 de Madrid, Hace saber: 1.- Que en el concurso número de autos 851/2020, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.002-2020/00082506, por auto de 15 de septiembre de 2020, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a Paminafer, S.L., con CIF B81279549, y domiciliado en calle Manuela Malasaña nº 15, 28004 Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en los artículos 255, 256, 257 y 258 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es la Abogada, doña Leticia Martín-Montalvo Fernández, con domicilio postal en calle Santa Catalina nº 29, 28220 Majadahonda (Madrid), y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con los artículos 255, 256, 257 y 258 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.registradores.org 7.- Que el concursado ha solicitado la Liquidación de su patrimonio. Madrid, 15 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Yolanda Peña Jiménez.

  5. Apertura de liquidación18/09/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 10Proc. 851/2020Juez : OLGA MARTIN ALONSOAuto 16/09/2020

    EDICTO

  6. Declaración de concurso16/09/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 10Proc. 851/2020Juez : OLGA MARTIN ALONSOAuto 15/09/2020

    EDICTO

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.