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Concurso de acreedores

PAME ELECTRONICS SL

CIF B63460265Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
2 — 04/02/2016 → 09/06/2023
Procedimiento
914/2015
Juzgado
MERCANTIL - 10

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso09/06/2023
    ⚖️ MERCANTIL - 10Proc. 914/2015Juez : Ignacio Fernández de SenespledaAuto 07/06/2023

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  2. Declaración de concurso04/02/2016
    ⚖️ BARCELONAProc. 914/2015Auto 19/11/2015

    Edicto dando publicidad a la declaración de concurso María José Hompanera González, Letrada de la Adm. de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, planta 13, de Barcelona. Número de asunto.- Concurso voluntario 914/2015-B. Tipo de concurso.- Concurso voluntario abreviado. Entidad instante del concurso y CIF.- Pame Electronics, S.L. CIF B63460265. Fecha del auto de declaración.- 19 de noviembre de 2015. Administradores concursales.- Antonio Reglado Morillas, con domicilio c/ Sant Miquel, 36, 2, 08911 Badalona, y teléfono 934641791, y en calidad de economista y dirección electrónica: [email protected] Facultades del concursado.- Intervenidas. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y la calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Barcelona, 24 de noviembre de 2015.- La Letrada de la Adm. de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.