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Concurso de acreedores

PALETS BADIA VIÑAS SA

CIF A58221755Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
217/11/201424/05/2016
Procedimiento
833/2014

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso24/05/2016
    ⚖️ BARCELONAProc. 833/2014Auto 03/05/2016

    Don Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Administración de Justicia sustituto del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 833/2014, en el que se ha dictado auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad Palets Badía Viña, S.A., con CIF número A58221755 y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto. - Concurso voluntario 833/2014. Sección C1 Nig del procedimiento. 08019 - 47 - 1 - 2014 - 8006854 Entidad concursada. - Palets Badía Viña, S.A., con CIF número A58221755. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de conclusión.- 3 de mayo de 2016. Barcelona, 3 de mayo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia en sustitución.

  2. Declaración de concurso17/11/2014
    ⚖️ BARCELONAProc. 833/2014Auto 25/10/2014

    Doña María Aránzazu Alameda López, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 833/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Palets Badia Viña, S.A. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 833/2014, Sección C1. NIG del procedimiento.- 08019-47-1-2014-8006854. Entidad concursada.- Palets Badia Viña, S.A., con CIF número A58221755. Tipo de Concurso.- Voluntario. Fecha del Auto de declaración.- 25 de octubre de 2014. Administrador/es Concursal/es.- Doña Emma Alemana Baqués, con domicilio profesional en C. Muntaner, 267, 1.º 1.ª A, 08021 Barcelona (Barcelona), número de teléfono 934934208, con dirección electrónica concurso.paletsbadia@ paeasesores.com Facultades del concursado.- intervenidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o a remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al créditos. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurados que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 28 de octubre de 2014.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.