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Concurso de acreedores
PALACIO NEVARES SOCIEDAD LIMITADA
CIF B95282091Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 06/07/2009 → 21/04/2016
- Procedimiento
- 170/2009
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao
Cronología del expediente
- Apertura de liquidación21/04/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BilbaoProc. 170/2009Auto 11/04/2016
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 170/2009 en el que figura como concursada PALACIO NEVARES, S.L., CIF B95282091, se ha dictado el 11/04/2016 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por haber finalizado la fase de liquidación. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor. Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora. Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. Bilbao (Bizkaia), 11 de abril de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Convenio de acreedores06/07/2009⚖️ BILBAO.Auto 23/06/2009
Edicto El Juzgado de lo Mercantíl n.º 1 de Bilbao (Bizkaia), anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 170/09 referente al deudor Palacio Nevares, S.L., con NIF B95282091, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refierre el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto, que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial de Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. 4.- El deudor no ha presentado propuesta de convenio. Bilbao, 23 de junio de 2009.- El/la Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.