Concurso de acreedores
OYRECO SL
CIF B80904196Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 27/01/2010 → 28/12/2010
- Procedimiento
- 593/2009
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal28/12/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridAuto 15/12/2010
Edicto. Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (L.C.), anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 593 /2009 referente al deudor Oyreco, S.L. C.I.F. B-80904196 se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.- Las impugnaciones se tendrán que realizar por medio de Abogado y Procurador de los tribunales. Madrid, 15 de diciembre de 2010.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal27/01/2010⚖️ MADRIDProc. 593/2009Auto 19/01/2010
Edicto Doña María del Carmen Oria Fernández, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 593/2009, por auto de 19 de enero de 2010 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Oyreco, S.L., con CIF B-80904196, con domicilio en calle Virgen de la Roca, nº 9, 28027 (Madrid). 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. 4º.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 20 de enero de 2010.- Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.