Inicio›Justicia›OSSMA AERONAUTICA SL
Concurso de acreedores
OSSMA AERONAUTICA SL
CIF B82297169Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 22/11/2018 → 13/02/2023
- Procedimiento
- 1199/2018
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID · MERCANTIL - 6 · Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal13/02/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 1199/2018Auto 13/12/2022
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso13/02/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 1199/2018Auto 13/12/2022
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso15/12/2022⚖️ MERCANTIL - 6Proc. 1199/2018Juez : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTINAuto 13/12/2022
Auto de conclusión de concurso por finalización operaciones de liquidación.
- Otro acto concursal06/03/2019⚖️ MERCANTIL - 6Proc. 1199/2018Juez : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTINAuto 27/02/2019
1.- Que en el Concurso ordinario 1199/2018 voluntario referente al concursado OSSMA AERONAUTICA, S.L., se dictado con fecha 26 de febrero de 2019 Auto de aprobacion de plan de liquidacion, presentado por la administracion concursal. 2.- Que se ha ac
- Otro acto concursal22/11/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridProc. 1199/2018Auto 07/11/2018
Doña María Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el procedimiento nº 1199/2018, por Auto de fecha 7.11.2018 se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil OSSMA AERONÁUTICA, SL. con CIF B 82297169. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC por correo ordinario o bien a través de representante, o en cualquiera de los medios admitidos en derecho directamente en el domicilio de la administración concursal que es el siguiente, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado: Doña ANA DE LA MORENA RUBIO, con domicilio sito en calle Edgar Neville, n.º 2 - 1.º -dcha. 28020 Madrid, y correo electrónico: [email protected]. 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el «Boletín Oficial del Estado». 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 7 de noviembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, Maria Jesús Palmero Sandin.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.